Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero en 2026: claves y errores frecuentes

Entre las obligaciones informativas que más dudas y preocupación generan entre autónomos, empresarios y particulares con patrimonio en el extranjero se encuentra el modelo 720, la declaración informativa sobre bienes y derechos situados fuera de España. Aunque su régimen sancionador original fue declarado contrario al Derecho de la Unión Europea, el modelo 720 sigue siendo una obligación vigente en 2026, y su incumplimiento continúa teniendo consecuencias relevantes que conviene conocer con precisión.

Qué es el modelo 720 y quién está obligado a presentarlo

El modelo 720 es una declaración informativa, no una autoliquidación de impuestos, mediante la cual determinados contribuyentes residentes en España deben informar a la Agencia Tributaria sobre tres grandes bloques de bienes situados en el extranjero: cuentas en entidades financieras, valores, derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero, y bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados fuera de España. La obligación de declarar surge quien es titular, representante, autorizado o beneficiario de estos bienes, siempre que su valor conjunto en cada uno de los bloques supere los 50.000 euros.

Es importante destacar que, una vez presentada la declaración por primera vez, solo será obligatorio volver a presentarla en años sucesivos si el valor de alguno de los bloques ha experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración presentada, o si se ha producido la extinción de la titularidad de alguno de los bienes previamente declarados.

El cambio normativo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El régimen sancionador original del modelo 720 preveía sanciones extraordinariamente elevadas, así como la calificación de los bienes no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas imprescriptibles. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró que este régimen resultaba desproporcionado y contrario a la libre circulación de capitales, lo que obligó a España a modificar su normativa. En la actualidad, las sanciones por incumplimiento del modelo 720 se han equiparado, con matices, a las previstas con carácter general para el resto de declaraciones informativas, si bien la obligación de presentar el modelo y las consecuencias de su incumplimiento en cuanto a la calificación de rentas no declaradas continúan siendo relevantes y deben tomarse muy en serio.

Errores frecuentes en la presentación del modelo 720

La complejidad técnica de esta declaración informativa provoca que sean frecuentes los errores en su cumplimentación, incluso entre contribuyentes que actúan de buena fe. Entre los más habituales se encuentran:

  • No incluir cuentas o productos financieros de los que se es cotitular o autorizado, aunque no se sea el titular real de los fondos.
  • Valorar incorrectamente los bienes inmuebles situados en el extranjero, aplicando criterios de valoración distintos a los exigidos por la normativa española.
  • No actualizar la declaración cuando se ha producido un incremento de valor superior al umbral legalmente establecido para volver a declarar.
  • Confundir la obligación de declarar con la obligación de tributar, generando alarma innecesaria o, en sentido contrario, infravalorando el impacto fiscal de determinadas rentas generadas en el extranjero.
  • No conservar la documentación acreditativa del origen de los fondos o bienes declarados, lo que puede generar dificultades en caso de comprobación posterior por parte de la Agencia Tributaria.

Consecuencias de no presentar el modelo 720 estando obligado

El incumplimiento de la obligación de presentar el modelo 720, o su presentación fuera de plazo o con datos incorrectos, puede acarrear sanciones económicas, además de generar un riesgo relevante en relación con la calificación de los bienes no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas en el IRPF, lo que podría suponer una tributación adicional significativa sobre el valor de dichos bienes, sin perjuicio de los correspondientes intereses de demora. Por ello, resulta fundamental analizar con carácter previo la situación patrimonial en el extranjero de cualquier contribuyente residente en España, antes de que sea la propia Administración quien detecte la existencia de dichos bienes a través de los mecanismos de intercambio automático de información entre países.

La importancia del asesoramiento especializado en fiscalidad internacional

Dada la complejidad técnica del modelo 720 y las graves consecuencias que puede tener su incumplimiento, resulta muy recomendable contar con el apoyo de asesores especializados en fiscalidad internacional a la hora de determinar si existe obligación de declarar, de valorar correctamente los bienes situados en el extranjero y de analizar el impacto que dichos bienes pueden tener en otros impuestos, como el Impuesto sobre el Patrimonio o el propio IRPF. Un análisis preventivo permite regularizar voluntariamente situaciones pasadas no declaradas, beneficiándose en su caso de las reducciones legalmente previstas para las regularizaciones voluntarias, en lugar de esperar a que sea la Administración quien inicie un procedimiento de comprobación.

Para las empresas y patrimonios con activos en el extranjero, contar con un asesoramiento fiscal y legal para empresas especializado en fiscalidad internacional permite abordar de forma integral tanto las obligaciones informativas como la correcta tributación de las rentas generadas en el extranjero, evitando contingencias futuras y optimizando la carga fiscal global del contribuyente dentro de la legalidad vigente.

Buenas prácticas para cumplir correctamente con el modelo 720

  • Revisar anualmente la situación patrimonial en el extranjero, incluso cuando no se haya producido ningún cambio aparente, para detectar variaciones de valor relevantes.
  • Conservar documentación bancaria y notarial que acredite la titularidad, el valor y el origen de los bienes declarados.
  • Coordinar la información declarada en el modelo 720 con la reflejada en la declaración del IRPF y, en su caso, del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Consultar con un especialista ante cualquier duda sobre la calificación de un producto financiero o de un derecho sobre un bien inmueble situado en el extranjero.
  • Valorar la conveniencia de una regularización voluntaria en caso de detectar incumplimientos de ejercicios anteriores.

El impacto de los intercambios automáticos de información

Uno de los factores que ha transformado radicalmente el contexto en el que opera el modelo 720 es la generalización de los mecanismos de intercambio automático de información financiera entre países, en particular el estándar CRS impulsado por la OCDE. Gracias a estos mecanismos, la Agencia Tributaria recibe periódicamente información detallada sobre cuentas, valores y otros productos financieros que los residentes fiscales españoles mantienen en un número muy amplio de jurisdicciones, lo que reduce drásticamente el margen para que existan bienes en el extranjero que permanezcan ocultos a la Administración. En este contexto, la regularización voluntaria y el cumplimiento diligente del modelo 720 no solo constituyen una obligación legal, sino también la estrategia más razonable desde el punto de vista del riesgo fiscal, ya que la probabilidad de que la Administración detecte tarde o temprano cualquier bien no declarado resulta cada vez más elevada. Además, la coordinación entre las distintas Administraciones tributarias europeas se ha reforzado en los últimos años mediante directivas específicas de cooperación administrativa, lo que anticipa que esta tendencia hacia la transparencia fiscal internacional seguirá intensificándose en los próximos ejercicios.

Conclusión

El modelo 720 continúa siendo en 2026 una obligación informativa clave para los contribuyentes residentes en España con bienes en el extranjero, y su correcto cumplimiento exige un conocimiento técnico riguroso tanto de la normativa española como de su evolución tras la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Los errores en su presentación, lejos de ser anecdóticos, pueden derivar en consecuencias fiscales muy relevantes, por lo que resulta imprescindible contar con asesoramiento especializado que garantice el cumplimiento correcto de esta obligación y la correcta tributación de las rentas y patrimonios situados fuera de nuestras fronteras.

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