Turismo y hostelería

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Asesoría fiscal para turismo y hostelería

Estacionalidad, inversión intensiva en activo fijo, plantillas variables y un IVA lleno de reglas especiales. La fiscalidad del turismo tiene particularidades que no aparecen en ningún otro sector.

Los problemas fiscales propios del sector

Estacionalidad y tesorería

Un negocio que concentra los ingresos en pocos meses y soporta costes durante todo el año necesita una planificación fiscal específica: elección de la modalidad de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, valoración del ejercicio social que mejor se ajusta al ciclo del negocio, y una gestión anticipada de los vencimientos tributarios de temporada baja. Cuando la tesorería se tensa, es preferible planificar un aplazamiento en período voluntario que llegar al apremio.

IVA de los servicios turísticos

El sector convive con tipos reducidos, con el régimen especial de las agencias de viajes y con operaciones transfronterizas de tratamiento complejo. Los puntos que revisamos con más frecuencia son la correcta aplicación del tipo en alojamiento, restauración y servicios complementarios; la delimitación entre arrendamiento de vivienda exento y alojamiento turístico con servicios de hostelería sujeto y no exento —una frontera que decide si el IVA soportado en la inversión es deducible o no—; y la calificación de las comisiones de plataformas y operadores no establecidos, con la inversión del sujeto pasivo que conllevan.

Inversión y activo fijo

Reformas, equipamiento y ampliaciones exigen una política de amortización pensada fiscalmente, la distinción entre gasto de reparación y mejora activable, y el aprovechamiento de la libertad de amortización y de los incentivos vigentes. En operaciones inmobiliarias —compra de un hotel, de un local o de un solar— la elección entre IVA con renuncia a la exención e ITP puede suponer diferencias muy relevantes: lo tratamos en sector inmobiliario y en IVA.

Estructura de grupo

Es habitual que el inmueble esté en una sociedad y la explotación en otra, con un contrato de arrendamiento entre ellas. Esa estructura es perfectamente legítima y a menudo recomendable, pero exige que la renta esté fijada a valor de mercado y documentada, que el contrato exista y que la sociedad patrimonial no comprometa el acceso a incentivos ni a la exención de empresa familiar.

Fiscalidad de las Illes Balears

Nuestra delegación en Palma de Mallorca nos ha dado experiencia acumulada en la fiscalidad específica del archipiélago, tanto en los incentivos propios del Régimen Especial de las Illes Balears como en los tributos autonómicos que gravan la actividad turística. Es un ámbito en el que la coordinación entre la planificación estatal y la autonómica marca una diferencia real en la cuota final.

Preguntas frecuentes

Turismo y hostelería

¿El alquiler turístico lleva IVA?

Depende de si se prestan o no servicios propios de la industria hotelera —limpieza y cambio de ropa durante la estancia, recepción, restauración—. El arrendamiento de vivienda sin esos servicios está exento de IVA, con la consecuencia de que el IVA soportado en la inversión no es deducible. Con servicios de hostelería, la operación queda sujeta y no exenta al tipo reducido, y el soportado sí resulta deducible. Es una decisión de modelo de negocio con efectos fiscales muy relevantes.

¿Qué es el régimen especial de las agencias de viajes?

Es un régimen de IVA que grava el margen bruto obtenido por la agencia en lugar del importe total del viaje, cuando actúa en nombre propio frente al cliente utilizando bienes y servicios prestados por terceros. Tiene reglas propias de deducción y de facturación, y determinar si una operación concreta entra o no en el régimen es una de las cuestiones que más ajustes genera en el sector.

¿Conviene separar inmueble y explotación en sociedades distintas?

En muchos casos sí: protege el activo frente a las contingencias de la explotación y facilita una futura venta de solo una de las dos partes. Requiere, eso sí, un contrato de arrendamiento a valor de mercado, documentación de la operación vinculada y un análisis previo del efecto sobre la calificación de la sociedad patrimonial y sobre el acceso a determinados incentivos.

¿Cómo tributan las comisiones de las plataformas de reservas?

Cuando la plataforma no está establecida en España, la regla general sitúa la prestación en sede del destinatario empresario, de modo que opera la inversión del sujeto pasivo: es el establecimiento español quien autoliquida el IVA y, en su caso, lo deduce. Además hay que valorar la obligación de retener cuando el pago se califica como canon conforme al convenio aplicable.

¿Se pueden aplicar deducciones por I+D+i en turismo?

Sí, más de lo que suele pensarse. Los desarrollos de software de gestión de reservas, revenue management, sistemas de eficiencia energética o mejora sustancial de procesos operativos pueden calificar como innovación tecnológica. Es un incentivo claramente infrautilizado en el sector. Ver deducciones I+D+i.

Hablemos de la fiscalidad de su empresa

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